Recordamos que todas las personas afiliadas a la Asociación Argentina de Actores y Actrices deben abonar una cuota social que contribuye al sostenimiento de la estructura del sindicato y les permite acceder a derechos y beneficios. El incumplimiento en el pago de cuotas junto a la falta de aportes pueden originar la baja de la afiliación.
Valor cuota mensual:
Afiliadas/os: $ 3.700
Jubiladas/os: $ 2.100
(Actualización: enero 2026)
Cobramos la cuota de dos formas:
1) Tu pago voluntario: Podés pagar mes a mes o adelantar varios meses a la vez. Podés hacerlo a través de transferencia bancaria o en persona en nuestra sede (A. Alsina 1762, CABA – De 10 a 14.30 hs).
2) Descuento automático: Si te atrasás con las cuotas, la próxima vez que ingrese un pago a tu nombre, descontaremos automáticamente el monto de las cuotas pendientes. (No válido para actores/actrices que participan de cooperativas teatrales).
¿CÓMO ABONO LA CUOTA DE MANERA VOLUNTARIA?
Si sos afiliada/o de CABA, escribí a cuotasactores@gmail.com para conocer tu situación y luego, realizá la transferencia:
DATOS PARA REALIZAR TRANSFERENCIA / DEPÓSITO
CBU 0140016801401601272682
Alias: REMERO.GAFAS.ROSA
CUIT 30-52572025-6
BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Cuenta corriente N° 12.726/8
Sucursal 4016 – Monserrat
Orden: ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ACTORES
(1088) Adolfo Alsina 1762 – CABA – Argentina
Si sos afiliada/o de una delegación, comunicate con las/os delegados de tu jurisdicción.
INFORMACIÓN IMPORTANTE:
La “Cuota social” es un pago mensual que estatutariamente deben realizar los afiliados/as a la Asociación todos los meses. Esa cuota es independiente del 6% que por ley se descuenta en cada pago que se recibe a través de la Asociación. La cuota social sólo la pagan los afiliados/as. La retención del 6%, en cambio, se hace sobre todos los pagos por trabajo actoral, sean o no de afiliados/as al gremio.
Si un afiliado/a recibe un pago de haberes de una productora y tiene una deuda por cuota social (aunque sea de un mes), el sistema descuenta automáticamente de dicho pago el importe adeudado.
Pero cuando un actor/actriz trabaja en Cooperativa, muchas veces el delegado de la misma deposita en la Asociación sólo el 6%, que corresponde a “Aportes” (3% aporte sindical y 3% de OSA – Obra Social de Actores), y lo que corresponde a “Haberes” se lo abona directamente a los actores/actrices. Esa forma de liquidar está permitida. Pero cabe aclarar que de ese 6% de aportes, la Asociación no puede descontar dinero para cuota social, justamente porque son aportes y no haberes.
Por lo tanto, si durante varios meses el afiliado/a no trabaja o lo hace sólo en Cooperativa, debería encargarse de pagar su cuota mensual de manera voluntaria, para que no se le acumule deuda.
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